Tributación Compraventa

Usted desea vender una vivienda que hace años compró como inversión, pero no sabe cuánto debe de pagar a hacienda por la ganancia obtenida en dicha transmisión y mediante la cual obtuvo un beneficio considerable. ¿Cómo podrá reducir la tributación?

Con la ley actual vigente del 1 de Enero de 2.007, todas las ganancias obtenidas por la venta de inmuebles tributan al tipo fijo del 18%.

No obstante, para disminuir el IRPF final que deberá pagar, debe reducir la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión. Para ello le aconsejamos lo siguiente:

  • Debe añadir al valor de adquisición todos los gastos que le acarreó la compra de la vivienda: impuestos, notaría, registro de la propiedad, gestoría, gastos constitución de la hipoteca, honorarios agente inmobiliario, mejoras realizadas en la vivienda …
  • Sobre el valor resultante, puede actualizar el resultado obtenido, para ello podrá aplicar unos coeficientes correctores de inflación, publicados cada año por hacienda.
  • Y por último, al valor de transmisión podrá deducirle los gastos asumidos en la venta. Aunque la mayor parte de los gastos los asume el comprador, siempre habrá una pequeña partida de gastos que deberá usted desembolsar: la comisión del intermediario, plusvalía municipal y la cancelación de hipoteca.

Ejemplo

Datos de la compra: La vivienda fue adquirida en el año 1.995 por un valor de 100.000€, además del valor de compra, usted incurrió en los siguientes gastos:

  • Notaría, registro e impuestos(año 1.995): 9.000€
  • Formalización de hipoteca(año 1.995): 2.000€
  • Reformas en la vivienda (año 2.000): 6.000€

Datos de la venta: La venta de la vivienda se produjo en el año 2.007, por un precio en escritura de 300.000€, además del valor de venta, usted incurrió en los siguientes gastos:

  • Plusvalía municipal: 700€
  • Honorarios agencia inmobiliaria: 6.000€
  • Gastos cancelación hipoteca: 800€

En consecuencia, el coste fiscal que deberá tributar a hacienda será el siguiente:

*Sobre los desembolsos realizados en la compra, se aplica el coeficiente corrector de inflación, según el año en que se realizan las operaciones.
**Al precio de transmisión se le deducirán los gastos incurridos en la venta.

Consejo… Guarde los comprobantes de todos los desembolsos realizados, para poder justificarlos, en caso de que hacienda se los requiera.

Sepa usted que… Si el inmueble que pretende vender es su vivienda habitual, podrá acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual y no deberá de tributar nada a hacienda por el importe que reinvierta nuevamente.

Importante… Incluya los gastos mencionados anteriormente para calcular el coste fiscal de la ganancia, si no lo hace (es un error que suele cometer mucha gente), tributará más de lo que le corresponde.